La obra social IAPOS fue condenada este miércoles a cubrirle a una mujer de 49 años un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad. El fallo estuvo a cargo de la jueza Delia Giles, del Juzgado Civil y Comercial N°11.
Según LT3, en la resolución, la magistrada dijo que en materia de fertilización asistida el derecho a mejor calidad de vida está contemplado en el articulo 41 de la Constitución Nacional, que otorga protección a la mujer para el uso de nuevas tecnologias y le impide a las obras sociales negarse a solventar los gastos.
Sin embargo, médicos del poder judicial le recomendaron a la mujer que no se realice el procedimiento ya que es un riesgo por su edad.
A raíz de esta situación, Giles determinó que va a estar a cargo de esta mujer y su médico tomar la decisión de concretar o no el tratamiento, más allá de la sugerencia de los profesionales.