La AFIP amplió el plazo de suspensión de los embargos a pedido de Fechaco

Se hará hasta el 10 de enero de 2020. Además se extendió el régimen de facilidades de pago.

Una de las reuniones de la Fechaco con el titular de la AFIP. (Prensa Fechaco)
Una de las reuniones de la Fechaco con el titular de la AFIP. (Prensa Fechaco)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió el plazo de suspensión de los embargos hasta el 10 de enero de 2020 y el régimen de facilidades de pago al incluir las deudas vencidas hasta el 30 de abril último. Esta medida, la cual se tomó a pedido de la Federación Económica del Chaco, fue celebrada por dicha entidad comercial.

Luego de distintas reuniones que mantuvieron meses atrás dirigentes de FECHACO, CAME (Condeferación Argentina de Mediana Empresa) y funcionarios del Gobierno con autoridades de AFIP, se logró que se suspendiera la iniciación de ejecuciones fiscales provinciales al sector comercial, industrial y de servicios, por el plazo de 180 días Respecto a las facilidades de pago de deudas para contribuyentes tendrán tiempo hasta el 31 de agosto para adherirse al régimen.

Además, se podrán incluir en este régimen obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago anteriores cuya caducidad haya operado hasta el 31 de julio de este año, fecha que se amplía con esta nueva normativa, ya que la resolución original establecía que el día límite para las caducidades era el 15 de mayo último.

Desde Federación Económica destacaron la decisión de autoridades nacionales de considerar las situaciones de excepción de las emergencias declaradas a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.