¿Qué dice el proyecto que busca declarar la emergencia por Violencia de Género?

Desde la creación de un programa destinado a la reeducación de las personas que ejercen violencia, hasta la institución de Casas Refugio.

El gobernador chaqueño en el momento de firmar el proyecto de ley. (Prensa Gobierno)
El gobernador chaqueño en el momento de firmar el proyecto de ley. (Prensa Gobierno)

El gobernador Domingo Peppo firmó hoy el proyecto de ley que propone declarar emergencia social por Violencia de Género, como política prioritaria en todo el ámbito de la Provincia del Chaco, por el término de dos años.

Puntualmente el proyecto tiene por objetivo es optimizar y unificar los esfuerzos y recursos estatales y de la sociedad civil para la plena aplicación y vigencia de las normas existentes y las que se sancionen en adelante para la erradicación de la violencia contra la mujer e identidades femeninas en todas sus formas. Para ello, el Estado Provincial deberá extremar los recursos financieros, técnicos y humanos, para hacer plenamente efectivo y operativo el Sistema de Protección Legal vigente en nuestra provincia.

Además, propone la creación de un programa oficial destinado a la reeducación de las personas que ejercen violencia de género y fortalecimiento de aquellos que ya se encuentran vigentes. Fortalecer en todo el territorio provincial la red de contención social de Organizaciones no Gubernamentales (ONG) que trabajen en la cuestión de Violencia de Género tanto en la prevención como asistencia de las víctimas.

También apunta a crear e implementar Casas Refugio para víctimas (para aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique una amenaza a si integridad física y psicológica) y casas para víctimas de trata; y promover un cupo especial de viviendas destinadas a las víctimas con medida judicial de protección integral, que no deberá ser menor al 5% de las viviendas construidas.

Se busca incrementar la empleabilidad de las mujeres e identidades femeninas víctimas de violencia de género que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad o de riesgo, fomentando programas de empleo y contención económica.

El proyecto además apunta a garantizar una adecuada contención a los familiares de las víctimas de femicidios y el efectivo cumplimiento del contenido de la Ley Brisa.

En cuanto a la prevención, se busca establecer capacitación y apoyo a los Municipios y Comunidades Rurales para lograr la formación de Unidades especializadas en la problemática de género. Y garantizar, por medio de campañas de información y prevención la plena vigencia de las leyes nacionales, buscando sensibilizar a la sociedad y reducir las expresiones patriarcales a través de un cambio cultural.

Instrumentar programas de prevención basados en la capacitación permanente de funcionarios públicos y agentes del Estado. Promover la cobertura institucional en todo el territorio provincial destinada a la contención de víctimas de violencia de género. Efectivizar la implementación de todos los protocolos vigentes en la provincia referidos a la temática. Impulsa a generar los mecanismos necesarios y adecuados para garantizar el acceso a las políticas públicas de las mujeres en situaciones de mayor vulnerabilidad como ser las mujeres indígenas o rurales, mujeres privadas de su libertad, y mujeres e identidades que sobrellevan algún grado de discapacidad o padecimiento mental.

El proyecto de Emergencia exige el cumplimiento efectivo de las leyes N° 27.449 ("Micaela") y la Ley provincial N° 2833-J "Registro único de casos de violencia de género"; y crear un Observatorio orientado a relevar estadísticas oficiales sobre violencia de género y femicidios, evaluar programas y planes de gobierno y normativa en la materia y emitir informes diagnósticos periódicos de situación que permitan orientar la planificación de políticas públicas específicas.

También impone garantizar la implementación efectiva de la Educación Sexual Integral en todos los establecimientos educativos de la provincia del Chaco en cumplimiento con la Ley N° 26159 y la Ley N° Ley 1502-E; y garantizar la efectiva aplicación de la Ley N° 25.673 - Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable y la Ley N° 25.929 de Parto Humanizado, por parte de todos los efectores de Salud del Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco. Además refiere a la aplicación de Ley N° 6548 “Protocolo de actuación policial ante situaciones de violencia contra las mujeres” y de la Ley provincial N° 2141-J que restringe la portación, tenencia y transporte de armas a efectivos policiales denunciados por violencia.

El articulado del proyecto de ley fija que los tres poderes del Estado Provincial, conforme lo determina la Ley 4787, deberán incluir en la elaboración de sus respectivos presupuestos, los montos que demanden tanto el diseño como la implementación o desarrollo de cada una de las acciones comprendidas en la legislación vigente, conforme el ámbito e incumbencias determinadas por éstas.

Además, el Poder Ejecutivo deberá diseñar y ejecutar un Plan Provincial bianual para la Erradicación de la Violencia de Género, reactivando el Gabinete Interministerial de Género integrado por todas las instituciones provinciales que se reunirá mensualmente. El órgano de coordinación, control y seguimiento estará bajo la órbita de la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia del Chaco.

El proyecto del Ejecutivo también propone la Conformación del Consejo Provincial de Organizaciones de la Sociedad Civil. Será la Secretaría de Derechos Humanos quien encabece el organismo, a los efectos de contribuir al diagnóstico, seguimiento y acompañamiento del Plan Provincial bianual para la Erradicación de la Violencia de Género.