Mató a su hermano y su cuñada, pero lo sobreseyeron por tener trastornos mentales

El doble homicidio ocurrió el 4 de diciembre de 2017, en San Antonio. La Justicia determinó que es incapaz. Terminó internado. La querella no aceptó la decisión.

Polémica decisión en los Tribunales provinciales de Rafaela.
Polémica decisión en los Tribunales provinciales de Rafaela.

La comuna de San Antonio (Santa Fe, poco más de de 400 habitantes) se vio conmocionada hace dos años cuando se conoció un doble asesinato.

El 4 de diciembre de 2017, en un tambo, Martín Enrico golpeó a su hermano Ricardo, con un tacho de leche hasta darle muerte. Lo mismo hizo con su cuñada, Luciana Tessaro. Ella sobrevivió, agonizando, algunos días, pero finalmente no pudo resistir. La angustia de un tambo a punto de desaparecer y la ingesta de alcohol en la noche previa por parte de Martín, en la celebración del cumpleaños de la mamá de los hermanos, fueron los motivos.

Martín volvió a entrar a la casa, le dijo a la madre que la pareja se estaba peleando y escapó. Previo a eso tuvo la conciencia suficiente como para mover los cuerpos, lavar la sala de ordeño -tal como lo corroboraron los peritos- y elaborar una idea de conflicto entre las víctimas. Se refugió muchas horas en el galpón de un campo vecino, con las botas manchadas de sangre, escena en la que fue encontrado por la policía.

Antes de fin de ese año, el fiscal Guillermo Loyola lo imputó por "doble homicidio simple". "El imputado actuó con conocimiento del peligro para la vida de las dos víctimas", describió en su momento. Pero ahora, ese pensamiento, se modificó.

Durante el procidimiento legal, la defensoría oficial alegó el artículo 106 del Código Procesal Penal, que habla de "Incapacidad". Es decir, hay una afección mental que impide al acusado entender los actos. Motivo por el cual, esto provoca "la suspensión de su persecución penal hasta que aparezca esa incapacidad". Dicho de otra forma: no puede seguir el juicio.

En este sentido, se llevó a cabo un informe, el N° 3967, que determinó que el acusado tenía trastornos mentales. Y es por ello, que pidieron el sobreseimiento.

El Fiscal Loyola acordó con las defensoras, pero pidió que quede internado, dado el peligro que implica su persona. La querella, por su parte, se manifestó en contra de la decisión. 

El pasado 22 de noviembre, el juez Carlos Bottero (Mognaschi tuvo que alejarse luego que de fuera recusado) terminó resolviendo "revocar la prisión preventiva del imputado Martín Alberto Enrico y disponer su sobreseimiento por inimputabilidad (art. 34 inc. 1° del CP y 306 del CPP), ordenando su libertad excepto que se encuentre a disposición de otra autoridad competente".

El fallo de Bottero agrega que se le otorga "intervención al Juzgado de Familia de esta ciudad, poniendo a su disposición al nombrado, a fin de que adopte el temperamento que estime procedente sobre su incapacidad e internación".