El sábado Punta Alta se suma a la marcha: "Salvar vidas no es delito"

A partir de las 15.30 horas en la Plaza General Belgrano en apoyo al doctor Lastra de Río Negro y por las 2 vidas.

Marcha a favor de la vida
Marcha a favor de la vida

La convocatoria es realizada por los grupos Pro Vida de todas las religiones y personas que no están de acuerdo con el proyecto de ley de interrupción del embarazo.

Además, la concentración tendrá como eje central, en defensa del doctor Rodríguez Lastra (condenado por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público tras ser acusado de haber impedido un aborto no punible a una joven embarazada producto de una violación en 2017) y del personal de salud que "cuida las dos vidas".

Bajo el lema “Salvar vida no es un delito” desde Más Vida Argentina expusieron a través de un comunicado que “en esta oportunidad, haremos hincapié en el apoyo a los médicos y a todos los profesionales de la salud quienes, honrando su juramento hipocrático, rechazan la práctica del aborto y proponen otras vías para ayudar a la mujer”.

Leandro Rodríguez Lastra
Leandro Rodríguez Lastra

“El caso del Dr. Leandro Rodríguez Lastra, médico toco-ginecólogo del hospital Moguillansky de la ciudad de Cipolletti, Río Negro, es lo que da origen a esta nueva movilización, que se replicará en varias ciudades de nuestro país. En caso de que la condena a este médico quedara firme, los médicos objetores de conciencia de todo el país se verían obligados o bien a abandonar su cargo en el hospital público; o bien a tomar decisiones en su práctica profesional que ya no tengan que ver con salvar a sus pacientes, sino con el cumplimiento de leyes o protocolos aunque éstos pongan en grave riesgo la salud de las personas”, manifestaron.

Y añadieron que “este médico fue acusado de incumplimiento de los deberes de funcionario público y declarado culpable en primera instancia en un juicio llevado a cabo el pasado 21 de mayo. A raíz de su caso todos los ginecólogos de Cipolletti se inscribieron como objetores de conciencia. Lo mismo hicieron sus colegas de todo el Alto Valle, Cinco Saltos, Catriel, Allen y Gral Roca”.

"Repasemos su "crimen". En abril de 2017 llega una mujer de 19 años, a la guardia del Hospital Moguillansky derivada desde el hospital de la localidad de Fernández Oro, con grandes dolores y fiebre de 39 grados. Se encontraba cursando un embarazo de 22 semanas y media. La mujer manifestó no desear continuar con el embarazo – aunque no aclaró en ese momento por qué – y haber ingerido pastillas abortivas proporcionadas por una organización clandestina, "La Revuelta". (En el transcurso del juicio, se probó que quien la había derivado a dicha organización fue la médica del Hospital Fernández Oro)", relataron.

Y continuaron “el doctor comprueba que el aborto no se había producido y que el bebé ya pesaba más de 500 gramos. Ante esta situación, estabiliza a la paciente y le suministra antibióticos para prevenir una sepsis. La fiebre y los dolores desaparecen y el embarazo continúa. Al día siguiente, una junta médica del hospital fue la que decidió fijar una fecha para una cesárea, cuando el bebé no tuviera riesgos de complicaciones al nacer. Se decidió también el seguimiento psicológico de la paciente”.

“Es decir que no fue una decisión exclusiva de Rodríguez Lastra sino de un equipo. La cesárea se llevó a cabo a los siete meses y medio, y al nacer el niño fue dado en adopción. El doctor, con su rápido accionar, había logrado salvar las dos vidas. Durante su seguimiento psicológico posterior, la paciente manifestó que el embarazo era producto de una violación, cosa que no había dicho al llegar. Tiempo después, la diputada provincial Marta Milesi, presenta la denuncia contra el médico, por incumplir con la ley provincial 4796 que regula los embarazos no punibles en Rio Negro. No lo denuncia la paciente. Lo hace una diputada”, cuestionaron.

Y se preguntaron “¿es constitucional la ley provincial que se invoca para condenar al médico, que contradice la Constitución Nacional, los Códigos Penal y Civil y hasta la propia Constitución de Río Negro? ¿Por qué la diputada Milesi no denuncia al colectivo La Revuelta, quien hizo ejercicio ilegal de la medicina, ni tampoco denuncia a la médica del hospital Fernández Oro, que la había derivado al grupo clandestino? ¿Por qué, si el aborto encuadraba en los casos de no punibilidad, la médica de Fernandez Oro no hizo el aborto?” “La OMS no recomienda las pastillas abortivas para embarazos mas allá de la semana 14. En embarazos más avanzados la recomendación es un aborto quirúrgico. ¿Era prudente someter a una paciente con fiebre alta y cuadro infeccioso a un aborto quirúrgico? ¿Es lógico pensar que un médico debe obedecer una ley provincial de dudosa legitimidad, aun poniendo en riesgo la vida de su paciente? ¿Cómo es posible que la única acción que el sistema legal persigue sea la de no haber practicado un aborto, sin medir las consecuencias para la vida de la mujer que éste hubiera implicado? ¿Qué se sabe del violador, el verdadero culpable de esta historia?”, sostuvo.

“La conclusión es que en realidad este juicio tiene como objetivo amedrentar a todo el personal de salud objetor de conciencia, amenazando la libertad para ejercer la profesión médica. No promueve la salud de las mujeres, antes bien la pone ante nuevos riesgos. Cuidado, porque si se continúa redoblando la apuesta, muchos médicos se irán del sistema público de salud, y ya no se garantizará no sólo el aborto no punible, sino un simple control ginecológico. Por eso, decimos: salvar vidas no es delito”, finalizaron.