Código de Faltas: será votado este miércoles

Cámara de Diputados dio despacho al proyecto de Código Contravencional.

Cámara de Diputados de Mendoza
Cámara de Diputados de Mendoza

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) de la Cámara Baja le dio despacho al proyecto de Código Contravencional y, así, se podrá discutir este miércoles en la sesión.

Este lunes, el oficialismo firmó el texto tal y como venía de la sanción inicial en el Senado. Sin embargo, afirmaron que podría haber algunas incorporaciones propuestas por los diputados Marcos Niven (PD) y Guillermo Pereyra (FR), integrantes de Cambia Mendoza.

"Las modificaciones propuestas por Niven y Pereyra van, en general, en línea con el proyecto. Queremos terminar con el tratamiento de un proyecto que comenzó en mayo. En el Senado estuvo prácticamente tres meses y no hubo acuerdo", expresó el legislador a Sitio Andino.

El radicalismo cuenta con poder avanzar este miércoles con el proyecto, debido a que el demócrata Niven ya anticipó que acompañará en general la norma.

Con su apoyo y la ausencia de Mario Vadillo (está de viaje), tendrá los números necesarios para conseguir quórum y lograr mayoría en el hemiciclo al momento de la votación.

Contravenciones y penas previstas (principales modificaciones)

Consumir bebidas alcohólicas en la vía pública, excepto lugares y horarios expresamente habilitado, o quien consuma alcohol en un auto estacionado: la multa irá desde $1900 hasta $8550 o arresto de 1 a 5 días.

Hallarse en estado de ebriedad en lugar público: multa irá desde $1900 hasta $3400 o arresto de 2 a 4 días y obligación de asistir a cursos de tratamiento de adicción.

No colaborar con las fuerzas de seguridad: negarse a aportar datos personales o resistirse a su auxilio sin causa justificada. Multa de $2800 hasta $5700 o arresto desde 3 días hasta 10 días.

Uso indebido de llamadas de emergencia: multa desde $2800 hasta $14250 o arresto desde 3 hasta quince 15 días.

Ofensa personal a funcionarios públicos o personal directivo o docente de establecimientos educativos: multa desde $14250 hasta $28500 o de 15 a 30 días de arresto.

Maltrato a personal médico: desde $7.600 a $11.400 y de 8 a 11 días de arresto.

Mendicidad amenazante o agraviante: arresto de 5 a 10 días o trabajo comunitario de 20 a 40 días.

Penalización a padres por faltas de menores o incumplimiento de obligaciones, incluye entre otros: ingreso a un local que les esté prohibido (de $19000 hasta $38.500 o trabajo comunitario de 20 a 40 días); suministro o permiso de consumo de alcohol o sustancias ($14250 hasta $57.000 o arresto de 15 hasta 60 días, con la obligación de asistir a cursos de tratamiento de adicción); incumplimiento del calendario escolar injustificada ($5700 hasta $14250 o arresto de hasta quince 15 días o trabajo comunitario de hasta 20 días); omisión de vacunación (desde $1900 hasta $7500 o arresto de cinco 5 días o su equivalente en trabajo comunitario).

Portación de arma blanca u objeto cortante o contundente sin justificar: multa desde $4750 hasta $14250 y arresto de diez 10 días. A su vez se decomisará el arma u objeto. La sanción se incrementará si el elemento se porta en lugares concurridos, y por ostentación.

Actos turbatorios y desórdenes: se incluyen protagonizar o incitar peleas en lugares públicos, amenazas o insultos; el uso de redes sociales para promover escándalos en lugares públicos; agresión a participantes de eventos o espectáculos; perturbar en filas de espectáculos o eventos, o ingresar sin autorización a sitios donde se desarrollasen; convocar a manifestaciones o reuniones públicas masivas sin avisar a las autoridades; perturbar descanso o actividad laboral con ruidos, elementos sonoros, mascotas, etc; vendedores que promocionen sus productos/servicios por medio de altavoces o parlantes; empresarios de salas para espectáculos públicos que den motivo a desórdenes por demora o suspensión de venta de entradas, cambios en programas, etc. Multa desde $1900 hasta $9500 o arresto desde tres 3 hasta diez 10 días.

Cuidado y/o limpieza de vehículos en la vía pública sin la debida autorización legal; en el primer caso de $ 4.750 a $9.000 y de 5 a 10 días de cárcel. En el segundo la multa va de $2.850 a $7.600 y de 3 a 8 días de arresto.

Acoso sexual callejero: de $ 4750 a $7600 y de 8 a 20 días de trabajo comunitario.

Violencia en espectáculos deportivos: se sancionará a clubes, integrantes y espectadores que inciten a la violencia, incluyendo redes sociales. Las penas irán de $19.000 a $45.500 y de 20 a 50 días de arresto o clausura de instituciones de 15 a 30 días.

Descuido o abandono de mascotas: de $9.500 a $19.000 / de 10 a 20 días de arrestos.

Falta de medidas de seguridad para animales peligrosos: $5.700 A $14.250 / de 6 a 15 días de arresto.

Bañarse en causes de agua no autorizados: multa desde $1900 hasta $ 4750 o arresto de 2 a 5 días, o trabajo comunitario por 5 días. En caso de tratarse de menores serán los padres o tutores quienes deban cumplir esta penalidad..

Conducir bicicletas utilizando auriculares, reproductores de sonido, celulares, entre otros: desde $4750 hasta $9500 o trabajo comunitario desde 5 a 10 días.

Entrega de tarjetas o recomendaciones a las víctimas de accidentes en centros asistenciales: desde 19000 hasta 38000 cuatro mil o de 20 a 40 días de cárcel.

Arrojar residuos en lugares públicos no habilitados: desde $7500 hasta $15200 un arresto de 8 a 16 días, y veinte 20 días de trabajo comunitario.

Desde el bloque de senadores del Frente Cambia Mendoza, emitieron un comunicado esta tarde donde aclaran que el espíritu del Código Contravencional, "no tiene un fin recaudatorio, ni que las personas estén privadas de la libertad".

Afirman que todas las sanciones y/o multas de todos los artículos son canjeables por Trabajo comunitario.

Además, el Gobierno publicó un instructivo para conocer cómo funciona el proceso de denuncias relativas al Código Contravencional: ¿Cómo se inicia el proceso de denuncia de una falta?

En primer lugar, es necesario que exista una persona que desee denunciar una falta. Es decir que debe existir una persona a la que le moleste la acción de otra por causarle daños. No hay que confundir falta (previstas en el Código Contravencional) con delito (previstos en el Código Penal). Una falta nunca es un delito.

¿Dónde denunciar una falta? Comisarías Juzgados de Faltas (Se amplían de 7 a 32 juzgados) Juzgados de Paz (Se incorporan 25 jueces más) Compulsa 911 (sólo si la gravedad lo amerita) On-line ¿Es necesario contar con un abogado?

No, cualquier persona puede autodefenderse para realizar el proceso. Un abogado no será garantía de no obtener una sanción prevista en el Código de Contravencional.

Luego de que la persona realiza una denuncia, ¿tengo que pagar una multa? No, una vez realizada la denuncia, será recibida por un juez, quien será la persona que establezca la sanción que corresponda de acuerdo con la falta. Previo a establecer una sanción, el juez citará a las partes para que lleguen a un acuerdo.

¿Voy a ir preso si cometo una falta? No, sólo va preso quien comete un delito, como lo contempla el Código Penal. Las faltas no son consideradas delitos y por ello están incluidas en otro código, llamado Contravencional.

Lo que prevén las faltas son arrestos, que no es lo mismo que ir preso. Para ser arrestado por haber cometido una falta el denunciado debe haber rechazado la realización de trabajos comunitarios para resarcir su falta o pagar la multa correspondiente. De todos modos, el arresto no se cumple en la cárcel sino en lugares destinados para este fin.

¿El Policía me puede llevar detenido si cometo una falta? No, justamente porque se cometió una falta y no un delito. La Policía sólo tiene potestad para presentarse en el lugar de los hechos y certificar que alguien está cometiendo una falta. Esto servirá como prueba al momento de que las partes sean citadas para comparecer ante el juez que reciba la denuncia.