Delitos de lesa humanidad serán juzgados como violencia contra la mujer en Mendoza

La Unidad Fiscal abordó como tipos penales autónomos los casos de desnudez forzada y violación.

Entre marzo y septiembre de 1976, el Casino fue utilizado como un centro clandestino de detención que alojó exclusivamente a mujeres.
Entre marzo y septiembre de 1976, el Casino fue utilizado como un centro clandestino de detención que alojó exclusivamente a mujeres.

La fiscalía enfocó como delitos específicos los hechos de violencia contra la mujer cometidos en centros clandestinos de la última dictadura en Mendoza, en los alegatos finales del sexto juicio que se realiza en esa provincia por crímenes de lesa humanidad.

La Unidad Fiscal para causas de derechos humanos abordó como tipos penales autónomos los casos de desnudez forzada y violación, en el alegato que concluirá con el pedido de pena para dos de los cerca de 20 imputados con que se inició este juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 86 víctimas.

Estas acusaciones alcanzan a quien era jefe del Casino de Suboficiales de la Compañía de Comandos y Servicios de la VIII Brigada de Infantería de Montaña del Ejército, Carlos Eduardo Ledesma, y a Olimpo Carelli, agente de Inteligencia de la Fuerza Aérea destinado a esa unidad que funcionó como centro clandestino de detención.

Entre marzo y septiembre de 1976, el Casino fue utilizado como un centro clandestino de detención que alojó exclusivamente a mujeres, recordó el sitio fiscales.gob.ar. al reseñar el curso del alegato de la fiscalía.

En ese marco, 16 perseguidas políticas padecieron allí actos de violencia contra la mujer, apuntó la Unidad Fiscal, delitos de también sufrieron mujeres alojadas en otros centros clandestinos en Mendoza.

Para la jurisprudencia internacional y la doctrina en la materia, de la VIII Brigada de Infantería de Montaña estos hechos implican una violencia dirigida y desproporcionada contra la mujer por ser mujer, subrayó el fiscal Daniel Rodríguez Infante, quien pidió que la sentencia lo recoja en esos términos, expresamente.

Por estos hechos deberán responder los acusados Ledesma, bajo cuya autoridad estaba el Casino, y Carelli, agente de Inteligencia de la Fuerza Aérea destinado a ese centro clandestino del Ejército para actuar como interrogador y torturador.

Entre otra jurisprudencia internacional, el fiscal mencionó lo expresado por la Corte-IDH en dos casos contra el Estado peruano, a tono con formulaciones del Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés) en el mismo sentido.

Durante el terrorismo de Estado, "si había algo peor que ser un subversivo, era ser una subversiva: para el poder militar, es un oxímoron", señaló Rodríguez Infante.

Este sexto juicio por crímenes de lesa humanidad en Mendoza toma en cuenta delitos cometidos contra 86 víctimas en los centros clandestinos de detención que funcionaron en el citado Casino de Suboficiales del Ejército, en la Dirección de Informaciones de la Policía mendocina (D2) y en Campo Las Lajas, dependiente de la Fuerza Aérea.