El séptimo juzgado civil condenó a la Municipalidad de Guaymallén, para que indemnice a la familia de un motociclista que falleció al caerle encima una rama cuando circulaba por calles de esa comuna.
El trágico accidente ocurrió el 24 de febrero del 2013 y ahora el juez Alfredo Dantiacq Sánchez ordenó que la familia del hombre fallecido reciba más de 2,1 millones de pesos.
El hecho en cuestión sucedió a las 12.30, cuando Ariel Gustavo Altamirano manejaba su moto Zanella, patente 812GYA, por calle de 25 de Mayo de oeste a este, mientras cumplía con su trabajo de reparto de diarios.
Al llegar a la intersección con Tartagal, fue golpeado duramente por una rama que cayó de un árbol y que impactó directamente en su cabeza.
El golpe fue tan duro que Altamirano falleció en el acto, confirmaron luego los peritos del Cuerpo Médico Forense.
Familiares del occiso, en representación de sus dos hijos, iniciaron acciones legales contra la comuna.
Desde Guaymallén intentaron culpar al motociclista, afirmando que viajaba con "exceso de velocidad y sin casco reglamentario".
Los investigadores confirmaron que Altamirano manejaba con una gorra, pero ni eso salvó a la municipalidad.
Es que según la jurisprudencia planteada por el juez, la comuna podría evitar su responsabilidad en este tipo de hechos si con pruebas fehacientes se puede acreditar "no sólo que el conductor no llevaba en ese momento el casco protector colocado, sino también que, de haberlo llevado puesto efectivamente, las lesiones que sufrió no habrían sido de una entidad suficiente como para provocarle la muerte".
En ese sentido, los peritos del CMF habían establecido que en caso de que Altamirano hubiese tenido puesto el caso, "el deceso se hubiera producido igualmente".
Además, los especialistas destacaron que "el casco de seguridad disminuye el riesgo de muerte en al menos un 39%, dependiendo de la fuerza impactante".
Con estos datos, Dantiacq Sánchez falló a favor de los demandantes y ordenó una indemnización de 2.100.000 pesos en calidad de daños y perjuicios.
A este monto se le deberá sumar los intereses ocasionados desde el día de la presentación a la fecha de la sentencia quede firme.