Preparan la reapertura de restaurantes, bares y cafés

El Gobierno de Mendoza evalúa avanzar en la permanencia de clientes en los locales gastronómicos. Crearon un protocolo para la actividad.

Mendoza con las calles vacías por la cuarentena
Mendoza con las calles vacías por la cuarentena

Con la publicación del Decreto Nacional 613, autorizaron la apertura de locales comerciales, restaurantes, bares y cafés en Mendoza. Sin embargo, empleadores, trabajadores y clientes tendrán que ajustarse a las instrucciones del Comité de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia para evitar contagios y la propagación del Covid-19.

Por ahora, los locales gastronómicos pueden atender al público bajo la modalidad del "pase y lleve", sin permanencia en el local. Pero, el Gobierno local apunta a que puedan abrir sus puertas con permanencia de clientes en el local a partir del 18 de mayo, siempre que se respete el protocolo creado para esta actividad.

En las últimas horas, se oyeron voces a favor y en contra de la reapertura de los locales bajo estas medidas. Los empresarios están preocupados por la baja rentabilidad y por lo difícil que se les hace poder pagar los sueldos de sus empleados.

"Son muchos condicionamientos los que tenemos para volver a abrir y la realidad es que tenemos muchos costos fijos. Lo que estamos pidiendo es que para esta fase nos sigan sosteniendo el beneficio del ATP (Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción), como se hizo en España por ejemplo, sino, en este escenario se nos hace más adverso para sostener los costos y todo es a pérdida", explicó a diario El Sol el presidente de la  la Unión de Trabajadores de Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (AEHGA), Fernando Barbera.

Modalidad pase y lleve. Foto: El Sol.
Modalidad pase y lleve. Foto: El Sol.

Protocolos para cafés, bares y restaurantes

- Un máximo de cuatro personas por mesa.

-La premisa principal es que ni clientes ni trabajadores pueden acercarse a más de un metro y medio, por lo que las mesas deben respetar esa distancia y tener cada una alcohol en gel disponible.

-En la entrada deberá haber felpudos con solución de agua y lejía para asegurar la desinfección de las suelas de los zapatos.

-El local deberá disponer de una persona que, previo al ingreso del personal , tomara la temperatura a cada empleado (con termómetro infrarrojo de distancia). Si alguien registrara temperatura 37,5 o más, no se permitirá su ingreso e inmediatamente será separado del resto, con una distancia superior a 5 metros

-El mostrador de la recepción deberá contar con barrera de protección física que separe al trabajador del cliente, con vidrio o nailon tipo Cristal con una cinta u otro elemento que garantice mantener la distancia de 2 metros.

-Deberán limpiar mostradores cada una hora y las mesas siempre que se retiren los clientes, con una solución de agua y lavandina.

-Se recomienda utilizar reserva previa y pagar con medios electrónicos.

-Retirar todos los folletos, fichas y revistas y reemplazarlos por información digital.

-El establecimiento deberá capacitar al personal sobre cómo realizar las tareas diarias de forma más segura y capacitar en el uso los equipos de protección individual e higiene.

-Es obligatorio intensificar la limpieza y desinfección de todos los espacios de trabajo y de atención al público al menos tres veces al día.

Recomendaciones para el personal

-Mantener una distancia de 1,5 metros ante cualquier persona.

-No permitir el uso del celular en la zona de trabajo. Si, por extrema necesidad es usado, se debe proceder automáticamente a nueva higiene de manos.

-Desinfectar manos con solución de alcohol al 70% o gel alcohólico antes de tomar los pedidos y después de manipular dinero. Realizar un lavado exhaustivo de manos cada 30 minutos.

-No trabajar con la ropa de calle, tener uniforme y zapatos exclusivamente para la tarea y lavarlos periódicamente.

-Colocar una cinta roja o azul que marque la distancia de 1,5 metros entre la barra de despacho y/o cajero y el cliente o mozo ante un pedido.

-Desinfectar las computadoras, relojes de fichada y cajas registradoras con un trapo con agua y lavandina.

-Prohibir el ingreso a los grupos de personas de riesgo.

-El uso de tapabocas es obligatorio en espacios comunes.

-Toser o estornudar sobre el pliegue del codo. No tocarse la cara con las manos.

-No compartir megáfonos, radios, teléfonos ni micrófonos.

-Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales.

-Se debe resguardar la integridad física de los trabajadores, evitando situaciones de hacinamiento y asegurando condiciones de limpieza, desinfección y ventilación del lugar.

-Si en el lugar de trabajo se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca y/o dificultad para respirar, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente ante esa situación.

En la cocina

-Limpiar pisos y paredes de cocinas frecuentemente utilizando cloro (lavandina) y derivados. Desinfectar con mayor frecuencia menús, mostradores, mesas, barras, pasamanos y picaportes.

-Cocinar los alimentos por encima de los 70ºC y reforzar la cadena de frío.

-Lavar vajillas y cuberterías con temperaturas superiores a 80 grados centígrados.

-Lavar de mantelería, servilletas y ropa de trabajo a temperaturas superiores a los 60 grados centígrados.

-Preservar la cadena de frío y mantener los alimentos conservados protegidos físicamente en todo momento mediante recipientes.

-Limitar la manipulación por parte de los clientes y evitar que se comparta ajuar o comida.

-Revisar que todas las zonas de lavados de manos y utensilios estén abastecidas con jabón desinfectante y papel secamanos.

-Cubrir los alimentos con film o tapas en todo momento.

-Ventilar el local adecuadamente después de cada turno.

Permisos

-El empleador deberá proveer al trabajador de un certificado para ser presentado eventualmente ante la autoridad policial de control. (art. 6 de la Resolución 219/2020). En caso de independientes, tramitar el permiso a través de la página de AFIP, o la declaración jurada adjunta.

-El trabajador antes de retomar sus tareas deberá llenar la declaración jurada de salud.