Declaran emergencia agropecuaria para Mendoza

Rige desde del 3 de setiembre último y hasta el 31 de marzo de 2021. Es para trabajadores cuya producción haya sido afectada por heladas tardías.

Fincas heladas
Fincas heladas

El Ministerio de Agricultura declaró la emergencia agropecuaria para las provincias de Mendoza, Río Negro y Santiago del Estero, a través de las resoluciones 57, 58, 59 y 60/2019 publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.

En Mendoza, se dictó la emergencia a partir del 3 de setiembre último y hasta el 31 de marzo de 2021 para los productores agropecuarios cuyas explotaciones hayan sido afectadas por heladas tardías, durante el ciclo productivo 2019/2020, que desarrollan su actividad en distritos de los departamentos de Guaymallén, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín, Santa Rosa, San Carlos, Tunuyán, Tupungato, General Alvear y San Rafael.

Para esta misma provincia se estableció también la emergencia desde el 20 de julio último y hasta el 31 de diciembre de 2020, a las explotaciones ganaderas afectadas por incendios registrados el 20 y el 21 de julio de este año, que se encuentran ubicadas en los departamentos Tupungato y Luján de Cuyo.

La normativa precisó que a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la ley, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

Por su lado, el gobierno provincial remitirá a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

En tanto que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos.