Rechazan amparo para frenar la adjudicación de áreas hidrocarburíferas en Malvinas

La Justicia federal de la ciudad de Río Grande rechazó un amparo colectivo para frenar la adjudicación de áreas hidrocarburíferas a empresas británicas

JUEZA FEDERAL MARIEL BORRUTO
JUEZA FEDERAL MARIEL BORRUTO

La Justicia federal de la ciudad fueguina de Río Grande, con jurisdicción sobre las Islas Malvinas, rechazó un recurso de amparo colectivo que buscaba frenar la adjudicación de áreas hidrocarburíferas a empresas de origen británico en la zona del archipiélago, según confirmaron hoy a Télam fuentes judiciales.

La presentación, realizada por el propio intendente de la Municipalidad de Río Grande, Gustavo Melella, había sido acompañada por gremios y partidos políticos, y solicitaba la declaración de "nulidad" e "inconstitucionalidad" del decreto nacional 872/18 que instruyó a la Secretaría de Energía a convocar al concurso público internacional por el que finalmente se adjudicaron 18 áreas para la exploración de gas y petróleo en la cuenca de Malvinas.

Hidrocarburos
Hidrocarburos

La demanda, que también incluía un pedido de medida cautelar, se basaba en la supuesta ausencia de estudios de impacto ambiental sobre la actividad a desarrollar, y en la presunta falta de control de los requisitos de las compañías que se presentaron a la licitación.

Sin embargo, la jueza federal Mariel Borruto se apoyó en las respuestas brindadas tanto por la Secretaría de Energía como por el Observatorio de la energía, tecnología e infraestructura para el desarrollo (Oetec) para desestimar el amparo.

En relación al impacto ambiental, Borruto explicó que de acuerdo a los informes de organismos nacionales, los estudios "deben realizarse 20 o 30 días antes de iniciar cualquier tipo de trabajo que implique una perforación de los pozos exploratorios, prospección sísmica o construcción de instalaciones".

Y aclaró que "tomando en cuenta la fecha en que las empresas adquirirían los permisos -julio de 2019 - la obligación de presentar los informes de impacto ambiental aún no son exigibles".

Por otra parte, en cuanto a las condiciones de las empresas participantes en el concurso internacional, la jueza tuvo en cuenta que según los órganos competentes, el Estado Nacional realizó las verificaciones de rigor ante "la Dirección Nacional de Malvinas e Islas del Atlántico Sur dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto".

"Consecuentemente, a la luz de las consideraciones expuestas no advierte esta magistratura que el accionante haya cumplido en arrimar, siquiera verosímilmente, el acto arbitrario e ilegal que invoca", concluyó la magistrada en los fundamentos del rechazo del amparo.

En cambio, el fiscal Marcelo Rapoport emitió un dictamen en el que consideró que si bien los organismos no contestaron la totalidad de la información requerida, existían elementos para aceptar la medida cautelar en relación a la falta de realización de los estudios de impacto ambiental.

Entre otros fundamentos, el amparo planteaba que mediante el concurso internacional, el Estado Nacional "entrega unilateral, gratuita e indiscriminadamente información geológica de la plataforma continental argentina" yhabilita a presentarse a "cualquier empresa extranjera (inclusive de nacionalidad británica y que operaron en Malvinas bajo el régimen kelper)? lo que representa ?una gravísima afrenta a la soberanía nacional".