Inminente detención de un ex intendente por administración fraudulenta

Se trata de Gustavo Minuzzi, ex jefe comunal de Arauco. El Juzgado de Instrucción lo declaró "en rebeldía" por no presentarse a 2 audiencias.

La Captura se ordena porque el ex intendente tuvo idéntica actitud en las anteriores citaciones para comparecer ante el magistrado
La Captura se ordena porque el ex intendente tuvo idéntica actitud en las anteriores citaciones para comparecer ante el magistrado

Este martes, el Juzgado de Instrucción Penal y Correccional con sede en la IV Circunscripción Judicial remitió la cédula de notificación al ex diputado y ex intendente de Aimogasta, Gustavo Rafael Minuzzi y otros.

La causa por la que se lo imputó a Minuzzi está caratulada como "administración fraudulenta, artículo 173, inciso 7º del CP, que se labraron en ese Juzgado de Instrucción, que dispuso "librarle la presente a fin de notificarle del proveído judicial recaído en la causa" en la que está involucrado.

La cédula señaló que “proveyendo lo manifestado por el defensor del imputado Gustavo Minuzzi, a fojas 1.052” el juez que interviene en la causa, doctor Raúl Gustavo Díaz “rechazó el mismo por improcedente”.

Agregó el documento que "atento a la incomparecencia del imputado Gustavo Minuzzi a la audiencia para la recepción de declaración indagatoria fijada para el día 5 de octubre de 2018, mediante providencia de fecha 1 de octubre de 2018, y teniendo presente la incomparencia del imputado a las audiencias fijadas para los días 27 de setiembre de 2018 y 5 de octubre de 2018" el juez dictó la pertinente resolución judicial.

En dicha resolución, la justicia de Aimogasta declaró "la rebeldía del imputado" y a la vez resolvió "la captura del mismo en los términos del artículo 170 y concordantes del Código Procesal Penal".

Asimismo, el juez interviniente ordenó el “comparendo compulsivo, en los términos del artículo 159 del CP, para el 12 de octubre del presente año, a las 10” a la ciudadana Sandra Marcela Castro, a los fines “de receptarle declaración testimonial”.