Rizzotti propone al Congreso un nuevo régimen de promoción de empleo joven

El diputado por Jujuy presentó un proyecto de ley basado en incentivos fiscales a micro, pequeñas y medianas empresas.

El diputado jujeño Jorge Rizzotti presentó en la Cámara baja nacional un proyecto de ley que propone un régimen de promoción de empleo joven.
El diputado jujeño Jorge Rizzotti presentó en la Cámara baja nacional un proyecto de ley que propone un régimen de promoción de empleo joven. Foto: Vía Jujuy

Partiendo del análisis que “la problemática del desempleo juvenil es un desafío en nuestro país, en cada provincia, y eso impacta en sus proyectos de vida y en el presente y futuro de toda la sociedad”, y teniendo en cuenta que “las condiciones laborales precarias en las etapas iniciales pueden perjudicar de manera permanente las perspectivas laborales futuras”, el diputado nacional Jorge Rizzotti presentó un proyecto de ley de “Empleo Joven” orientado a “la creación y preservación de puestos de trabajo registrado” para ese segmento, mediante fuertes incentivos fiscales a micro, pequeñas y medianas empresas.

Las personas a las que se propone beneficiar son las que tienen entre 16 -en los términos de la ley nacional 20.744 y sus modificatorias- y 30 años, con menos de 48 meses de aporte, continuos o discontinuos; sin aportes aún de empleo debidamente registrado; y monotributistas sociales, a quienes no se les tomará como aporte los que se haya realizado en este régimen.

En los argumentos a favor de su iniciativa, Rizzotti advierte que “en Argentina más de la mitad de la población desempleada son personas menores de 30 años, la tasa de desempleo en este grupo es considerablemente mayor que en otros grupos, y la informalidad laboral también afecta a más del 60% de los jóvenes, y eso contradice el desarrollo laboral equitativo”.

El proyecto de Rizzoti propone reducir para empleadores los costos de capacitación e iniciación de los trabajadores jóvenes.
El proyecto de Rizzoti propone reducir para empleadores los costos de capacitación e iniciación de los trabajadores jóvenes. Foto: Vía Jujuy

Plantea también que “la Constitución Nacional y las leyes respaldan el acceso al trabajo en sus diversas formas, pero el desempleo juvenil sigue siendo un desafío estructural, al que la pandemia ha exacerbado”, y tras demandar “que el Gobierno nacional facilite una rápida integración al mercado laboral, y reconozca que las empresas desempeñan un papel crucial en esta tarea”, asegura que “sólo mediante facilitar el empleo formal, alentaremos la cultura del trabajo y estaremos construyendo inclusión social”.

“Para eso -puntualiza-, proponemos reducir los costos de capacitación e iniciación para empleadores, brindar beneficios directos a jóvenes, formalizar el empleo, evitar la sustitución de trabajadores adultos por jóvenes, promover la educación secundaria y garantizar los derechos laborales”, detalla el legislador radical.

CONDICIONES CLARAS Y ESPECÍFICAS

De acuerdo al articulado presentado en el texto, podrán adherir al programa “Empleo Joven” las micro, pequeñas o medianas empresas (mipymes) que, entre otros requisitos, no hayan efectuado despidos en un período mínimo de seis meses desde la sanción de la ley, como tampoco podrán sustituir trabajadores vinculados con un contrato laboral por beneficiarios de la iniciativa.

Las empresas que se acojan a la ley deberán incorporar a jóvenes por un período mínimo de 24 meses, y con eso tendrán derecho a una reducción del 100% de las contribuciones patronales, y podrán deducir a cuenta del Impuesto a las Ganancias por 24 meses un equivalente al 30% del salario mínimo, vital y móvil por cada persona contratada.

Destacando otras condiciones que prevé la iniciativa -que lleva las firmas de los también radicales Martín Arjol, Víctor Hugo Romero, Manuel Aguirre, Pedro Galimberti, Marcela Coli y Fernando Carbajal-, el diputado Rizzotti hizo notar que “hay puntos clave para la inclusión de jóvenes en el régimen que plantea el proyecto de ley”.

Se refería a que la incorporación de los trabajadores “será compatible con la percepción de prestaciones de seguridad social que las personas tuvieren al momento del inicio de la relación laboral; los beneficios de la ley estarán condicionados al cumplimiento de la obligación de concluir sus estudios secundarios, y en caso de estudios en curso, habrá plazos de finalización; y recibirán capacitación por parte de las empresas”, describió.