Crearán "núcleos comerciales barriales" para la venta ambulante

Los interesados deben reempadronarse en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.

Crearán "núcleos comerciales barriales" para la venta ambulante
Venta callejera, en Jujuy

En un contexto de "cuarentena administrada", esta semana comenzará a articularse los mecanismos necesarios para que "de forma gradual, ordenada" se reinicie la actividad de la venta ambulante, en la ciudad de San Salvador de Jujuy.

Para ello se proyecta la "creación de núcleos comerciales barriales de fomento de la economía popular ordenada", metodología que el director municipal de Control de Espacios Públicos y Nocturnidad, Facundo Chañi, presentó como una "forma de paliar la situación económica de los vendedores de esa modalidad que se encuentran imposibilitados de trabajo".

En efecto, con este ordenamiento el municipio busca abrir "posibilidades de trabajo, respetando el distanciamiento social, las restricciones al comercio establecidas por la Provincia y propiciando la creación de corredores comerciales barriales para el abastecimiento de la población en todos los barrios de la capital", describió el funcionario dependiente de la Secretaría de Gobierno.

En este plan estarán incluidos todos los vendedores que tenían habilitaciones vigentes hasta el 30 de noviembre de 2019 como también los interesados que reúnan los requisitos dispuestos en la ordenanza que rige la actividad, todos quienes a partir de este miércoles 22 y hasta el sábado 25 podrán tramitar la renovación o la emisión del permiso respectivo.

La gestión podrá efectuarse completando un formulario vía Internet o concurriendo personalmente a la oficina de la Dirección de Control Espacios Públicos y Nocturnidad, en Almirante Brown 368 1er piso, donde se atenderá al público según el número del DNI, comenzando este miércoles con la terminación impar.

La venta ambulante retornará a la actividad de manera gradual en San Salvador de Jujuy, en el marco del decreto municipal N° 0384.20.006 de “Emergencia de la Venta en Espacio Público”.
La venta ambulante retornará a la actividad de manera gradual en San Salvador de Jujuy, en el marco del decreto municipal N° 0384.20.006 de “Emergencia de la Venta en Espacio Público”.

Explicó Chañi que para hacer el trámite de manera virtual el interesado debe tener correo electrónico de una cuenta de Gmail, lo cual le dará acceso a completar el formulario de inscripción en una computadora o cualquier dispositivo que cuente con conexión a Internet.

El enlace para iniciar el trámite de inscripción es http://sansalvadordejujuy.gob.ar/espaciospublicos/.

En tanto, quienes opten por concurrir personalmente, deberán presentarse con la siguiente documentación: fotocopia del DNI ambas lados y original; el último permiso otorgado para la venta ambulante; certificado de los dos últimos años del curso de manipulación de alimentos, si corresponde; registrar una dirección de correo electrónico, y completar el formulario de inscripción.

Dijo asimismo el funcionario que los vendedores que cumplimenten los requisitos y obtengan su autorización "podrán ejercer el comercio en el único horario de 9:00 a 14:00, en los rubros que especifica la ordenanza, siempre teniendo en cuenta lo permitido por los Gobiernos provincial y nacional", a la par de destacar que, previa inscripción, se autorizará también la venta con el sistema "delivery" de productos distintos a los esenciales, en la modalidad "puerta a puerta".

La medida dictada por el Departamento Ejecutivo municipal establece que se habilitará "plazas y ferias barriales en horarios y días específicos para la venta, cuya viabilidad, días y horarios de funcionamiento serán evaluadas por la autoridad de aplicación".

Entre otros aspectos salientes del decreto N° 0384.20.006 de "Emergencia de la Venta en Espacio Público", complementario a la ordenanza N° 6884/16, Chañi remarcó que durante este plazo para el reempadronamiento, se eximirá del pago del canon por ocupación del espacio público, y puso en relieve que los comerciantes de esta modalidad tendrán a su disposición "programas de capacitación y asistencia de emergencia".