Todo lo que tenés que saber del proyecto de reforma jubilatoria que presentó el Gobierno provincial

Desde la Provincia salieron a explicar punto por punto las modificaciones que se introducirían.

Jubilados. Imagen ilustrativa.
Jubilados. Imagen ilustrativa.

Finalmente desde las 14 de este miércoles en la Legislatura de Córdoba se comenzó a tratar un proyecto de reforma jubilatoria que apunta a reducir el déficit de la Caja de Jubilaciones que para este año rondaría los 35.500 millones de pesos.

Lo que primero había arrancado como un rumor, se terminó por confirmar durante la mañana de esta jornada y desde el Gobierno provincial emitieron un comunicado donde aclararon punto por punto los temas a tratar en esta sesión.

Desde la Provincia buscaron enfatizar que este cambio impactará en el cálculo de los haberes de solamente el 15 por ciento de los beneficiarios de la Caja, que son además los más altos.

E indicaron que no se modifica el cálculo de los haberes de docentes, policías, equipos de salud, ni trabajadores del escalafón general, y tampoco a quienes perciban hasta 68 mil pesos mensuales de municipales, EPEC, Bancor, Judiciales y funcionarios y legisladores.

La explicación es la siguiente:

Nuevos jubilados y pensionados

BASE DEL HABER INICIAL. Para los nuevos jubilados y pensionados se armoniza con la Nación el periodo que se toma de base para calcular el haber inicial, extendiendo de 48 a 120 las remuneraciones actualizadas consideradas a tal fin.

PORCENTAJE DE PENSIÓN. Se fija el monto de la pensión como el equivalente al 70% de la jubilación del causante, en lugar del 75% actual, en línea con la normativa nacional.

Para los Jubilados y pensionados actuales y futuros

82% DEL SUELDO NETO. Se establece que todas las jubilaciones se calcularán como el 82% del sueldo neto del aporte personal. Esto no impacta sobre el 85% de los beneficiarios a quienes ya se les viene aplicando esta regla, y para los restantes, que son los de más altos ingresos, la medida se implementará gradualmente de modo de no afectar los haberes percibidos en el mes de abril por los actuales jubilados y pensionados. Es decir, nadie cobrará menos de lo que cobró en abril.

MOVILIDAD. Para dar consistencia financiera al sistema previsional se dispone que los aumentos que perciben los activos se trasladen a los pasivos al mes siguiente al que la Caja percibe el ingreso efectivo de los aportes y contribuciones correspondientes a esa suba de salarios.

LÍMITE A LA COMPATIBILIDAD DE BENEFICIOS. Se modifica el régimen de compatibilidad de beneficios, estableciéndose un aporte solidario para quienes sean titulares de más de un beneficio previsional o bien perciban otro ingreso remunerado. Ante esta situación especial se regula un aporte solidario del veinte por ciento (20%), destinado a fortalecer la sostenibilidad de la Caja y que se aplicará, siempre que la sumatoria de ambos ingresos sea mayor al equivalente a seis haberes previsionales mínimos ($102.000).

EDAD JUBILATORIA. Se iguala el régimen de Magistrados con el previsto a nivel nacional, elevándose la edad jubilatoria de los jueces de 60 a 65 años.

EXTENSIÓN DE PENSIONES. Se extiende el plazo de cobertura de la pensión de las y los hijas e hijos que estudien, hasta la edad de 23 años (con la actual legislación el beneficio se suspende cuando el hijo cumple 18 años).

AUMENTO DE HABERES. Se dispone el aumento de la jubilación mínima a $ 17.000 y se garantiza que ningún jubilado cordobés que tenga un solo ingreso cobre menos de $25 mil.