Consideran el vuelo de Córdoba a Malvinas "de cabotaje" y no lo alcanza el impuesto del 30%

Así lo confirmó Daniel Filmus. "No se necesita una normativa para saber que son tan argentinas como el Obelisco", remarcó el funcionario.

El vuelo de Latam que sale de San Pablo, pasa por Córdoba y termina en las Islas Malvinas. (Foto @andreslavallen)
El vuelo de Latam que sale de San Pablo, pasa por Córdoba y termina en las Islas Malvinas. (Foto @andreslavallen)

El secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur de la Cancillería argentina, Daniel Filmus, explicó que el vuelo de Córdoba a las Malvinas "es de cabotaje" y no lo alcanza el impuesto del 30 por ciento, en sintonía con la resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que este miércoles publicó el Boletín Oficial para conocimiento de las compañías aéreas.

"Lo que hay que precisar es que se trata sólo de una aclaración para las empresas aéreas que venían cobrando ese impuesto. Lo que rige para la Argentina rige para las Malvinas y no se necesita una normativa para saber que son tan argentinas como el Obelisco", dijo Filmus a Télam.

Esta aclaración a la que se refirió Filmus es la que figura en la Resolución General 4664/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial que deja sentado que "las adquisiciones de servicios de transporte contempladas en el inciso e) del artículo 35, de la Ley N° 27.541, cuyo destino sea las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, no se encuentran alcanzadas por la percepción establecida en la mencionada ley".

La ley a la que se refiere es la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva aprobada por el Congreso Nacional a fines de diciembre, que estableció medidas en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, entre ellas un impuesto a la compra de dólares para atesoramiento del 30 por ciento, que alcanza a gastos con tarjetas de crédito en el exterior y vuelos internacionales.

Filmus explicó que la precisión -que lleva la firma de la jefa de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont- obedeció a que la compañía Latam, que cubre el tramo Córdoba-Río Gallegos-Malvinas, cobraba a los pasajeros el impuesto, como si fuera un destino "fuera del país", cuando se "es un vuelo de cabotaje".

El secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur de la Cancillería Argentina afirmó que la publicación en el Boletín Oficial es "meramente aclaratoria para la compañía aérea"

"Insisto, Argentina no necesita hacer ninguna normativa particular respecto de las islas porque claramente, por Constitución y sus leyes, es claro que se trata de vuelos de cabotaje", agregó Filmus y entendió que "hubo una falta de comprensión de parte de la empresa Latam".

El martes, el funcionario había adelantado a través de la red social Twitter que la compra de pasajes a las Malvinas no estaría "alcanzada por el recargo del 30 por ciento".

El ex ministro de Educación explicó que "la AFIP ratificó que no corresponde la aplicación del impuesto ya que las islas son parte integrante del territorio nacional".

"Dicho impuesto resulta aplicable, entre otras operaciones, a la adquisición de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país", subrayó la resolución entre sus considerandos.

Además, el texto recordó que el denominado Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), tiene el "objetivo de fomentar el desarrollo nacional con equidad, incentivar que el ahorro se canalice hacia instrumentos nacionales y, al propio tiempo, propender a la sostenibilidad fiscal".

Y, señaló que "no resulta de aplicación para la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática que tengan como destino las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur", dado que corresponden a la jurisdicción de la provincia de Tierra del Fuego.