Extienden el horario de atención para los comercios

Será de lunes a sábado todos los comercios podrán abrir en la franja comprendida entre las 7 y las 00 horas.

En el marco de la prórroga del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 17 de julio, el Comité Operativo de Emergencia de Caleta Olivia (COE) emitió una nueva Resolución con importantes novedades para los vecinos y el sector comercial local.

En su artículo N°1, la Resolución N°24 establece una extensión del horario comercial para toda actividad desarrollada dentro del Cronograma Único de de Circulación General.

De este modo, de lunes a sábado todos los comercios podrán abrir en la franja comprendida entre las 7 y las 00 horas, mientras que los días domingos continuará el horario de 7 a 20 horas con la excepción de los locales gastronómicos que realicen servicio de alimentos y bebidas. Para ellos el cierre efectivo será a las 00 horas de lunes a lunes.

Respecto al rubro gastronómico, la norma aclara también que no habrá restricción de edad para el ingreso de clientes. Solo se mantiene el límite del 50% de la capacidad del salón.

Por otro lado, el Art. N°3 establece que los comercios considerados de alta circulación como Supermercados, Hipermercados, Casino, y todos aquellos con superficies que superen los 600 m2, tienen la obligatoriedad de realizar una desinfección general certificada cada 7 días.

También se dispone la aplicación del protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad para Casinos, establecido en la Resolución Ministerial de Provincia de Santa Cruz N°1144/20, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, del de Caleta Olivia, y la correspondiente desinfección semanal los días domingo.

Clima en Caleta Olivia.
Clima en Caleta Olivia.

La atención al público en el Casino de Caleta Olivia se regirá por el cronograma único de circulación general (días lunes, miércoles y viernes las personas titulares de DNI con terminación impar, y los días martes, jueves y sábado los titulares de DNI con terminación par. Los días domingos no habrá restricción de DNI.

Por último, la Resolución establece el cronograma único de circulación general (par e impar) respecto a los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos (como Pago Fácil y Rapipago, mutuales y cooperativas de crédito, Pymes y Cooperativas de servicios de conectividad de Internet y servicios TIC en general, Entidades Bancarias), arbitrando los medios para evitar aglomeramiento de personas, y en cumplimiento del protocolo para el caso.