Buscarán impugnar el fallo de la jueza para seguir investigando la muerte del bebé

La magistrada Martini había rechazado la formulación de cargos contra la madre que estaría sospechada de asesinar a su recién nacido.

La fiscal Betiana Cendon junto al Martín Lozada y Marcos Sosa Lukman. Foto: Marcelo Martinez
La fiscal Betiana Cendon junto al Martín Lozada y Marcos Sosa Lukman. Foto: Marcelo Martinez

El equipo que conduce la fiscal Betiana Cendón elabora con apoyo del fiscal jefe Martín Lozada una impugnación contra el fallo de la jueza de garantías Romina Martini que rechazó la formulación de cargos contra la joven sospechada de haber matado a su bebé tras darlo a luz en su casa, ante la falta de pruebas.

Fuentes del caso explicaron que la fiscalía volverá a insistir con la necesidad de que se permita habilitar la investigación para esclarecer qué ocurrió y en qué circunstancias mataron al recién nacido. Indicaron que el recurso tiene que estar presentado antes del 3 de junio próximo para que sea analizado por el Tribunal.

Los fiscales sostienen que ni la declaración de la joven ante una empleada policial, ni el allanamiento en el domicilio de la sospechosa forman parte de la evidencia. Uno de los ejes centrales de la impugnación para que el tribunal analice serán cuáles son los alcances de la perspectiva de género que Martini priorizó.

En el Ministerio Público Fiscal entienden que la jueza sólo valoró los planteos de la defensa de la joven y no tuvo en cuenta los argumentos de la fiscalía. El primer punto que Martini expuso en su fallo fue aclarar cuál es el marco normativo que resulta aplicable al caso. Además señaló que se tiene que analizar sobre la doctrina y jurisprudencia que eliminación todas las formas de discriminación contra la Mujer, que tienen rango constitucional. También valoró los pactos internacionales que garantizan la protección integral a las mujeres.

En ese aspecto destacó el derecho de las mujeres a la protección de su intimidad, garantizando la confidencialidad de las actuaciones, a recibir un trato humanizado, evitando la revictimización. La magistrada sostuvo que "el caso debe analizarse y resolverse con el marco legal indicado precedentemente, en razón de estar llamada a juzgar a una mujer, que habría cometido un hecho delictivo contra su hijo luego de haberlo dado luz sin asistencia, lo tuvo sola en su vivienda, que además en el presente se encuentra atravesando el puerperio".

De acuerdo con el informe forense de la psiquiatra que evaluó el estado de salud mental, la joven "está en estado de shock, tiene baja autoestima, temor a perder a su hijo T (segundo hijo), que además le temía a su pareja". En este aspecto expresó que cuando se dio cuenta de su embarazo decidió no contarle a su pareja porque temía que se enojara, le había dicho que no quería tener otros hijos. Además, afirmó que su pareja ya tenía problemas en casa y esto sería agregarle otro.

Martini advirtió en su fallo que el trabajo de la fiscalía no se hizo de acuerdo a las normas procesales. Indicó que "no se requirió autorización judicial para efectuar ninguno de estos ingresos" en el domicilio de la joven, donde hallaron al bebé sin vida ni de su pareja.

La jueza no cuestionó a la médica que denunció el hecho pero consideró que "ante la urgencia por hallar al bebé la investigación no pudo ver ni considerar el respeto por los derechos fundamentales de la mujer que se había visto obligada, por su propio estado de salud, a exponerse a la criminalización".

Además afirmó que la fiscalía debió pedir la orden judicial para allanar los domicilios. No habría tenido en cuenta los argumentos de la fiscalía en función de que obraron de buena fe por la urgencia de hallar un bebé con vida. Martini tampoco validó el consentimiento de un familiar directo de la joven que permitió inspeccionar el domicilio y encontrar el cadáver, la jueza consideró que fue bajo presión.

Por ende declaró la nulidad de la inspección domiciliaria en la vivienda de la joven y de todos aquellos que fueron por considerar que se violó la garantía constitucional de inviolabilidad de domicilio prevista en el artículo 18 de la Constitución Nacional. Toda evidencia recolectada quedó sin efecto para ser utilizada en el juicio. Al igual que un "interrogatorio ilegal" por parte del personal policial para averiguar el paradero del recién nacido.

La autopsia reveló que el bebé murió asfixiado por ahorcamiento y contaba con diez heridas de arma blanca. La joven continúa internada con medidas de protección. Según publicó Río Negro.