Tensión entre la Corte y el Gobierno por un fallo que podría costar $15.000 millones

Fuentes gubernamentales aseguran que ese será el impacto que tendría el fallo que revierta el índice de ajuste para los jubilados.

Germán Garavano
Germán Garavano

El Gobierno salió a defender el índice actual para el reajuste de las jubilaciones en vísperas de un posible e inminente fallo adverso de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que despierta reparos oficiales por las supuestas consecuencias que tendría para las cuentas públicas.

Sin embargo, fuentes del máximo tribunal consultadas por ViaPais desestimaron el impacto que podría tener un fallo contrario al índice que aplica la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) tras una resolución de abril pasado que siguió a la sanción de la ley de "reparación histórica" aprobada en diciembre pasado con apoyo del peronismo "dialoguista".

"Los fallos en la Corte se hacen ajustados a derecho, no a un power point. Si todo va a ser mensurado con ese criterio, que hagan entonces los fallos en el Ministerio de Hacienda", llegó a escucharse en el despacho de una de las cinco vocalías del cuarto piso del Palacio de los Tribunales.

En fuentes gubernamentales se estima que el impacto que tendría un fallo de la Corte que revierta el índice de ajuste actual sería de por lo menos 15.000 millones de pesos porque detrás del caso a fallar (el del jubilado Luis Orlando Blanco) seguirían definiciones en el mismo sentido de otros 150 mil jubilados con reclamos en otras instancias judiciales.

Pero aquella fuente judicial negó que ese impacto pueda ser tal y que atente contra el ajuste fiscal que lleva adelante el Gobierno a partir del acuerdo con el FMI para logar un déficit cero en 2019. La Anses tiene seis meses desde la salida del fallo para hacer el cálculo de lo que tendría que pagar. Si saliera en diciembre, razonó esa fuente, recién tendría que hacerlo en junio; y a partir de allí decidir cómo hacer el pago.

"No habría tal impacto económico; hoy mismo la Anses ejecuta pagos que vienen de 2012. Esto no lo pagaría este Gobierno. Además no hay ningún motivo legal para tener pisado este expediente, que estaba para ser tratado en marzo pasado", dijo la fuente.

Precisamente fue una resolución de Anses del 3 de abril pasado la que decidió cambiar el índice Isbic (Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción) por el Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) para el cálculo de los haberes iniciales de las jubilaciones.

El cambio que la Anses pretende incluso aplicar para casos anteriores a la ley de “reparación histórica” significa un perjuicio para los jubilados porque el ajuste por el segundo índice es menor que por el primero: entre un 30 y un 50 por ciento, estiman abogados previsionales.

El fallo que la Corte podría sacar antes de fin de mes en el caso Blanco se prevé favorable a la aplicación del anterior índice, como se pronunció hasta ahora la Cámara de la Seguridad Social en los que tuvo que pronunciarse. También porque en ese sentido se pronunció la Corte con su conformación anterior de tres miembros (Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton votaron en forma unánime). Y ahora contaría también con el voto de Horacio Rosatti.

Este lunes, la Secretaría de Seguridad Social de la Nación publicó en el Boletín Oficial su resolución número 1, primera en este año, en la que ratificó el uso del Ripte para elevar jubilaciones. Curiosamente, en sus fundamentos la resolución admite que los jubilados perderán ingresos este año como consecuencia del remplazo el Isbic.

Según la secretaría a cargo de Gonzalo Estivariz Barilati, el índice anterior "atenta contra la armonía que un sistema de Previsión Social debe tener, dado que sus variaciones se alejan de las del salario promedio, arrojando resultados distorsivos".

Los ingresos del Sistema Integrado Previsional Argentino (Sipa) “provienen del aporte de todos los sectores, por lo que efectuar actualizaciones a los beneficios previsionales con índices sectoriales, que arrojan resultados injustificadamente superiores a los del promedio de los salarios, atenta contra la sustentabilidad del sistema", dice la resolución. Y concluye que la utilización del Isbic no es adecuada a los efectos de mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos.