Cuáles son las operaciones que no están alcanzadas por el nuevo impuesto al dólar

La AFIP dio detalles de la nueva norma en la resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Un fajo de billetes de dólares. (EFE)
Un fajo de billetes de dólares. (EFE)

El Banco Central estableció una serie de nuevas medidas dirigidas a restringir la adquisición y el consumo de dólares, con el fin de frenar la falta de moneda estadounidense. Ahora, aquellos que quieran comprar dólares deben pagar un 35% de percepción a cuenta de Ganancias.

Además, los consumos en dólares con tarjetas de crédito se computarán dentro del cupo mensual de los U$S 200.

Ya rige el recargo del 35% ... by Revista Rumbos

No obstante, la Resolución General 4815/2020, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, estableció tres tipos de operaciones que no se encuentran alcanzadas por el nuevo tributo.

En primer lugar, los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos no están alcanzados por el 35 por ciento.

Además, no estarán incluidos los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.

Por último, el recargo del 35% no rige para la adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil por parte de las entidades reconocidas en la Ley N° 25.054.

Cabe destacar que en el caso de quienes pagan Ganancias y Bienes Personales, el excedente de lo que tienen que pagar les será reintegrado.

En el caso de monotributistas o personas que no pagan Ganancias ni Bienes Personales, deben hacer el trámite en la AFIP. El organismo recaudador les devolverá en la cuenta bancaria que tengan informada.