El Gobierno firmó el decreto que restituye el Programa Nacional de Protección de Testigos

Antes de dejar el poder, Mauricio Macri había creado una agencia autárquica. El texto de la derogación fue publicado en el Boletín Oficial.

Alberto Fernández (Foto: Jens Meyer/AP)
Alberto Fernández (Foto: Jens Meyer/AP)

El Gobierno de Alberto Fernández derogó el decreto de necesidad y urgencia de Mauricio Macri a través del cual se había creado la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados, firmado a pocos días de dejar el poder. Con el DNU número 168, publicado en el Boletín Oficial, el presidente y su gabinete restituyeron el programa nacional anterior, bajo la órbita del Ministerio de Justicia.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo recordó que la Cámara Federal de Casación Penal había expresado "su preocupación" por el decreto 795 firmado por Macri el 28 de noviembre de 2019 "por la compatibilidad de su aplicación en relación a las atribuciones constitucionales y legales" que tiene ese cuerpo.

Por esa disposición, el sistema contemplado en el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que dependía directamente del Ministerio de Justicia, había sido transformado en una nueva dependencia, con estatus de agencia y autonomía funcional del Poder Ejecutivo.

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La decisión de Macri se dio tras el triunfo del Frente de Todos en las elecciones del 27 de octubre, cuando un grupo de testigos transmitió su preocupación por el cambio de gobierno, ante la posibilidad de que se filtraran datos sobre su paradero y sufrieran represalias por parte de ex -y actuales- funcionarios perjudicados por su testimonio.

La administración de Fernández argumentó en el decreto publicado este jueves que "de la lectura del mencionado decreto se verifica que, al momento de su dictado, no existieron circunstancias excepcionales en los términos del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes y que, por lo tanto, justificaran la adopción de una medida de excepción como es un decreto de necesidad y urgencia".

En ese marco, agregó que "no se observan elementos objetivos que fundamenten las razones de necesidad y urgencia que conllevan el dictado de dicha herramienta constitucional, máxime cuando el funcionamiento del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados se mantuvo sin variación durante más de 16 años, hasta días antes de la finalización del mandato del gobierno anterior".

Por lo tanto, el Gobierno derogó el decreto 795 y, al mismo tiempo, dispuso que se restituya "la vigencia de la Ley N°25.764 en su redacción al momento del dictado de la norma".