La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) dispuso que pagará la Asignación por Ayuda Escolar aún cuando no se haya acreditado la escolaridad de los beneficiarios. El organismo determinó que quienes no hayan entregado los certificados de alumno regular podrán presentarse hasta el próximo 31 de diciembre.
"La falta de presentación de los certificados escolares al 31 de diciembre de 2019 no se encuentra necesariamente ligada a trayectorias escolares discontinuas", justificó la Anses en la resolución 28/2020, que se publicó este martes en el Boletín Oficial.
La medida consideró necesario "continuar profundizando el trabajo articulado con los distintos organismos y ministerios para realizar acciones conjuntas que tiendan a resolver las barreras para que los niños, niñas y adolescentes puedan acceder y sostener el derecho a la Seguridad Social".
El Régimen de Asignaciones Familiares prevé que la asignación por ayuda escolar anual "se hará efectiva en el mes de marzo de cada año, se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial".
El decreto 433/2015 estableció que la asignación por ayuda escolar anual se liquidará al inicio del ciclo lectivo para los niños, niñas y adolescentes de cuatro a 17 años inclusive, tras la presentación del certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, hasta el 31 de diciembre de cada año. En agosto pasado, la resolución 203 de la Anses supeditó el pago a que se acredite la escolaridad.
Pero la resolución que firma ahora el titular del organismo, Alejandro Vanoli, señaló que "en función del contexto económico y social de emergencia y ante el inminente inicio del ciclo lectivo", corresponde derogar la anterior obligación y restituir el pago masivo de la asignación.