El Gobierno liberó el precio de los combustibles en el mercado mayorista con un tipo de cambio de 50 pesos por dólar, pero mantuvo congelados los valores en el sector minorista, el de las estaciones de servicio.
Mediante el decreto 601/2019, publicado este lunes en el Boletín Oficial, determinó que "hasta el 13 de noviembre próximo las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al día 9 de agosto último, aplicando un tipo de cambio de referencia de $46,69 por dólar y un precio de referencia Brent de US$59 el barril".
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Asimismo estableció que "hasta el 13 de noviembre el precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y los expendedores mayoristas o minoristas, que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en estaciones de servicio no podrá ser superior al precio vigente al 9 de agosto pasado".
Además instruyó a la Secretaría de de Energía para que, teniendo en cuenta los fines perseguidos, dicte "los actos que resulten necesarios para normalizar los precios del sector hidrocarburífero o modificar los valores de referencia y precios topes allí establecidos o requerir transferencias del Tesoro Nacional para sostener el nivel de actividad y empleo y proteger al consumidor durante este período excepcional".
Los precios de los combustibles en las estaciones de servicio habían sido congelados a mediados de agosto, dentro de un paquete de medidas que incluyó la eliminación del IVA a alimentos básicos y la rebaja en el impuesto a las Ganancias.